Objetivos y Funciones
Los objetivos y funciones del Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires, están establecidos en la Ley 13272, en los siguientes artículos:
CAPÍTULO IV
DEL COLEGIO DE DIETISTAS, NUTRICIONISTAS-DIETISTAS Y LICENCIADOS EN NUTRICIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ARTÍCULO 12.- Créase el Colegio de Dietistas, Nutricionistas-Dietistas y Licenciados en Nutrición de la Provincia de Buenos Aires, el que funcionará con carácter de persona jurídica de derecho público no estatal, con domicilio legal en la ciudad de La Plata.
ARTÍCULO 13.- Para el mejor cumplimiento de las finalidades y atribuciones de la presente ley, el Colegio podrá crear Delegaciones Locales o Regionales, las que tendrán las facultades y obligaciones que les asigna la presente ley y los reglamentos que al efecto se dicten. La distribución territorial de las delegaciones que se creen, respetará, en lo posible, las que al efecto tengan, a la sanción de la presente ley, las entidades de primer grado representativas de la profesión. La creación de delegaciones locales o regionales, deberá ser decidida por asamblea extraordinaria de Colegio.
CAPÍTULO V
OBJETO, ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DEL COLEGIO
ARTÍCULO 14.- El Colegio tendrá los siguientes objetivos, atribuciones y funciones:
- Ejercer el gobierno de la matrícula de los profesionales habilitados para actuar profesionalmente en el ámbito de la Provincia.
- Instrumentar la matrícula profesional en forma correlativa y la matrícula de las especialidades.
- Realizar el contralor de la actividad profesional en cualquiera de sus modalidades.
- Combatir y denunciar ante las autoridades administrativas y judiciales el ejercicio ilegal de la profesión, arbitrando en su caso las medidas conducentes para hacer efectiva la defensa de la profesión o la de sus colegiados.
- Ejercer el poder disciplinario sobre sus colegiados y aplicar las sanciones a que hubiere lugar.
- Dictar su Código de Ética profesional, crear los reglamentos para la administración y funcionamiento de los órganos de conducción, administración y ejercicio de la disciplina profesional y los pertinentes a las delegaciones locales o regionales que se creen y aquéllos que hagan al ejercicio de voto de los matriculados, asegurando la representación de mayorías y minorías, todos los cuales deberán ser ratificados por la soberana asamblea de la entidad.
- Propiciar las reformas que resulten necesarias en lo concerniente al ejercicio profesional.
- Asesorar a los poderes públicos en asuntos relacionados con el ejercicio de la profesión de sus colegiados y la habilitación sanitaria de los establecimientos en donde se ejerza.
- Gestionar ante las autoridades pertinentes la delimitación de las incumbencias profesionales de sus matriculados.
- Asesorar al Poder Judicial, cuando lo solicite acerca de la regulación de los honorarios profesionales, por la actuación de sus colegiados en peritajes judiciales o extrajudiciales.
- Colaborar con las autoridades universitarias en la elaboración de planes de estudio y estructuración de la carrera de dietista, nutricionista-dietista, licenciados en nutrición, como así también, las especialidades, maestrías y doctorados de la profesión.
- Defender a los miembros del Colegio para asegurarle el libre ejercicio de la profesión conforme a las leyes.
- Promover el desarrollo social, el progreso científico cultural y la actualización y perfeccionamiento de sus colegiados.
- Representar a los colegiados de la Provincia ante las entidades públicas y privadas.
- Promover la participación de sus delegados en reuniones, conferencias o congresos.
- Propender al logro de los beneficios inherentes a la seguridad social de los colegiados.
- Establecer el monto y la forma de percepción de las cuotas de matriculación y ejercicio profesional.
- Fundar y mantener bibliotecas con preferencia de material referente a la profesión y editar publicaciones de utilidad profesional.
- Proponer el régimen de aranceles y honorarios para el ejercicio profesional y gestionar su aprobación por los poderes públicos.
- Velar por la armonía y el respeto entre los matriculados.
- Realizar toda otra actividad vinculada con la profesión.