Preguntas Frecuentes

Colegiados

Por decisión del Consejo Directivo, se han establecido límites de accesibilidad a los contenidos del sitio web. Para acceder a toda la información disponible, deberá dejar constancia de su matriculación e iniciar sesión en la opción que se encuentra en el margen superior derecho. Les solicitará usuario y contraseña, campos a completar con su número de matrícula provincial (usuario) y número de documento (contraseña).

Serán obligaciones de los colegiados cumplir con lo establecido en la Ley de Colegiación nº 13272, respetar el código de ética y respetar las disposiciones que este colegio imparte.

Los colegiados tienen derecho a participar, a ser escuchados, representado. Derecho a votar, a elegir representante, a proponerse como autoridad.
Derecho a participar en Asamblea y votar sobre temas de su incumbencia y de importancia para la marcha del colegio.

> Ver código de ética

Es la reglamentación que define criterios, conceptos y conductas que deben guiar a los profesionales Dietistas, Nutricionistas Dietistas y Licenciados en Nutrición que estén matriculados y ejerzan su profesión en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

Contempla las normas, valores y principios éticos que rigen las responsabilidades de los profesionales colegiados ante la sociedad, sus colegas, las casas de estudios que los formaron, otras profesiones y particulares que requieran de sus servicios.

> Ver Código de Ética

Si. Deberá presentar fotocopia de la denuncia policial o exposición por extravío y una foto carnet, acompañado de una nota de solicitud de renovación.

La documentación deberá ser presentada en original o copia autenticada.

Si. El ARTÍCULO 8 de la Ley nº13272 establece que podrán realizarse cancelaciones voluntarias de matrícula. No obstante, el Consejo Directivo a fijado los requisitos que deberán cumplir los matriculados previos a concederse la cancelación, que permitan comprobar por parte del Colegio que no ejercerán la profesión en el territorio de la Provincia.

> Ver requisitos de BAJAS

Si. Podrá rematricularse una vez que se haya transcurridos los dos (2) años de la resolución de baja.

Deberá presentar:

  • Planilla de Inscripción y Planilla de datos complementarios
  • Nota formal dirigida a las autoridades del Colegio que exprese los motivos de su voluntad.
  • Abonar la inscripción y la matrícula.

Una vez cumplimentados estos requisitos, el Colegio enviará por correo postal el carnet habilitante y el profesional accederá a su matrícula provincial.

No. Disponer de una Caja de Seguridad Social para Profesionales Nutricionistas, requiere contar previamente con el apoyo y compromiso de los matriculados, ya que un proyecto de ley en ese sentido nos involucra directamente.

También es de destacar que es necesario contar con cálculos actuariales que otorguen viabilidad al proyecto, los cuales son costosos y complejos, como asimismo detectar la oportunidad merito y conveniencia de iniciar dicha gestión.

De todos modos, la Ley 13272 en su artículo 14 establece que el Colegio tendrá los siguientes objetivos, atribuciones y funciones, dentro de los cuales se encuentra el de "(...) Propender al logro de los beneficios inherentes a la seguridad social de los colegiados (...)". Si bien son muchos son los pasos que se deben afrontar en tal sentido, no se descarta que en el futuro, la Caja de aportes Jubilatorios se convierta en una realidad.

Actualmente el Colegio no cuenta con una bolsa de trabajo, pero difunde las búsquedas laborales de diferentes empresas, instituciones y organismos. Las propuestas que llegan al Colegio, se envían a través de Newsletter; siempre y cuando el empleador cumpla con el requisito exigido para la publicación. Se trata de un compromiso que debe firmar, donde indica que la remuneración ofrecida es acorde a los aranceles mínimos propuestos para la profesión o corresponde a la Escala Salarial establecida por Ley / Ordenanza o convenio de Trabajo que rija en este caso; y que La empresa/institución se compromete a solicitar certificado de ética profesional al Lic. que ocupe el cargo ofrecido.

Los cursos / capacitaciones y actualizaciones profesionales son una de las líneas de trabajo denuestro colegio.

En tal sentido, el Comité de Docencia conformó un grupo de trabajo, con Coordinadores Regionales en diferentes localidades, con la función de articular las necesidades locales con el Colegio. De esta manera, la institución puede seleccionar docentes (siempre y cuando no haya propuesta de referentes locales); brindar los recursos económicos, de difusión, de asesoramiento de organización para la realización de la capacitación.; y los cursos serán acordes a las necesidades/ deseos e intereses de los colegiados.

Los cursos son en parte son financiados por el Colegio y se establece un costo mínimo para cubrir parte del gasto (docentes, materiales, coffe break, entre otros).

Al ser el Colegio una entidad sin fines de lucro, las capacitaciones son exclusivas para los colegiados.

Volviendo al tema de los Coordinadores Regionales, la convocatoria es abierta por lo que si le interesa, está Ud invitado/a a participar en la organización de actividades en su localidad.

Si. Actualmente tenemos convenio con Jerárquicos Salud, Dasmi, Federada Salud, SCIS,Prevención Salud, OSPJN, Mandar Salud y AMFFA Salud. Además, estamos contactándonos con otras obras sociales para lograr nuevos convenios.

El Colegio mantendrá informados a sus colegiados sobre los nuevos convenios, mediante Newsletter..

La modalidad de votación responde a lo establecido en la ley 13272, la cuál en su artículo 22 reza:

ARTÍCULO 22.- Para intervenir en las Asambleas de Colegio, con voz y voto, los matriculados deberán hallarse al día con sus obligaciones colegiales y no adeudar suma alguna en concepto de aranceles de inscripción en la matrícula, cuotas de matrícula anual, recargos o multas. En las Asambleas Eleccionarias el voto será secreto, directo y obligatorio para los matriculados y se emitirá en las condiciones que establezca el reglamento electoral. Los matriculados habilitados que no emitieran su voto en las Asambleas Eleccionarias de Colegio, sin causa debidamente justificada, serán sancionados con una multa equivalente al veinte por ciento (20%) de un sueldo mínimo mensual correspondiente a la categoría Profesional del Escalafón de la Administración Pública Provincial.

Ingresando a la sección Capacitaciones del portal web del Ministerio de Salud de la Pcia. de Bs. As http://www.ms.gba.gov.ar/sitios/residencias/

Ingresando a la sección Llamados de Concursos del portal web del Ministerio de Salud de la Pcia. de Bs. As http://www.ms.gba.gov.ar/llamado-a-concurso/

Licenciados en Nutrición

Tal como establece la Ley 13272, deben matricularse todos aquellos Nutricionistas, Nutricionistas – Dietistas y Licenciados en Nutrición que ejerzan la profesión (total o parcialmente) en el territorio de la Provincia de Buenos Aires.

Requisitos para matricularse.

No. Debe realizar el trámite de colegiación en el Ministerio de Salud de la Nación.

Te: 54-11-4379-9000 - Av. 9 de Julio 1925 (C1073ABA) - Buenos Aires - República Argentina.

e-mail: consultas@msal.gov.ar

Comunidad en General

A los efectos de la Ley 13272 , los nutricionistas tienen entre sus incumbencias, las siguientes:

  • a) Programar regímenes de alimentación para individuos o colectividades sanas, entendiendo por tales a toda institución pública o privada que brinde asistencia alimentaria.
  • b) Programar regímenes dietoterapéuticos para individuos o colectividades enfermas, previo diagnóstico y derivación médica.
  • c) Asesorar, planificar, organizar, dirigir, supervisar, evaluar y auditar a Unidades Técnicas de Alimentación y Nutrición, en Instituciones Públicas y/o Privadas y fuentes productoras de alimentación.
  • d) Participar en la definición de políticas y en la formulación, organización, ejecución, supervisión y evaluación de planes y programas de Nutrición y Alimentación en los distintos niveles.
  • e) Realizar actividades de divulgación e impartir conocimientos en lo concerniente a Alimentación y Nutrición a nivel individual, grupal y comunitario.
  • f) Determinar la calidad nutricional de alimentos y productos alimentarios a través de la valoración de sus componentes.
  • g) Asesorar y participar en la formación de productos alimenticios en base a necesidades nutricionales, en los distintos niveles.
  • h) Realizar y asesorar estudios e investigaciones referidos a temas de alimentación y nutrición.
  • i) Realizar peritajes en diferentes situaciones nutricionales y ejercer, en calidad de perito judicial, con ajuste a lo dispuesto por las normas que regulan la actividad.

El Colegio a través de la Matriculación garantiza que los profesionales posean los títulos habilitantes y realiza el contralor del ejercicio profesional, resguardando las conductas éticas y asegurando la participación de sus profesionales en la construcción del bienestar general.

Es importante que las personas, organismos e instituciones estatales y privados que requieran consultas, servicios o prestaciones de los profesionales Dietistas, Nutricionistas o Licenciados en Nutrición dentro de la Provincia de Buenos Aires, sepan que los mismo deben estar MATRICULADOS en el Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo a lo que establece la Ley 13272.

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Capital Federal:

Universidad Maimónides
Facultad de Ciencias de la Salud: Hidalgo 775 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tel: (011) 4982-8488.

Universidad de Buenos Aires
Escuela de Nutrición: Marcelo T. de Alvear 2202, 4to. Piso - Edificio de Salud Pública.

Universidad del Salvador
Facultad de Medicina: Viamonte 1856 - Buenos Aires.

Fundación H. A. Barceló
Inst. Univ. de Ciencias de la Salud: Av. Las Heras 2191, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Tel: (54-11)4800-0200

Universidad de Belgrano:
Zabala 1837 Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Universidad Abierta Interamericana
Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud: Av. San Juan 951. Cap. Fed.

Centro de Educación médica e investigaciones clínicas
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Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales
Paraguay 1401, Buenos Aires

Gran Buenos Aires

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Florencio Varela 1903 (B1754JEC) -- San Justo, Buenos Aires, Argentina -- Teléfono (54-11) 4480-8900

Universidad de Morón
Cabildo 134, (B1708JPD) Morón

Universidad Nacional de Lanús
29 de Septiembre 3901 (1826) Remedios de Escalada, Lanús. Tel / Fax 5533-5600

La Plata

Universidad Nacional de la Plata
Escuela Universitaria de Recursos Humanos del Equipo de Salud- Facultad de Ciencias Médicas: Calles 60 y 120, Edificio Central, 4° Piso. Días y Horario: lunes a viernes de 8.30 a 12.30 hs. Tel.: (221) 483-3863 e-mail: eurhtes@med.unlp.edu.ar

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Facultad de Ciencias Médicas: Calle 44 Nº 720 . C.P. 1900 - La Plata, Teléfono: +54. 221. 422-1740 / 422-8948 | salud@ucalp.edu.ar | alumnossalud@ucalp.edu.ar

Mar del Plata

Universidad de la Fraternidad de Agrupaciones Santo Tomás de Aquino
UFASTA - Facultad de Medicina: Edificio San Vicente de Paul: Gascón 3145, (B7600FNK) Mar del Plata, Argentina. Tel. / Fax (54223) 499-0400 | Edificio San Alberto Magno: Avellaneda 3341, (B7602HDQ) Mar del Plata, Argentina. Tel. / Fax (54223) 475-7076. cienciasmedicas@ufasta.edu.ar | Decana Dra. Julia Elbaba.

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8 de Junio 522 - CP E3260ANJ, Concepción del Uruguay - Entre Ríos.

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Universidad Católica de Córdoba
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Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires

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